Crea Congreso “Merito al Emprendedor del Estado de Morelos” para incentivar empreño, compromiso y dedicación al iniciar un negocio

El Pleno del Congreso aprobó este jueves la creación del “Mérito al Emprendedor del estado de Morelos”, que busca incentivar y reconocer a quienes emprenden un negocio en la entidad, al votar en sentido positivo el dictamen derivado de una iniciativa del diputado Alejandro Martínez Bermúdez, a la que se adhirió su homólogo Ángel Adame Jiménez.

El «Mérito Emprendedor del estado de Morelos» se otorgará a las personas que se distingan por su trabajo a favor del emprendimiento y el fomento al empleo. Se entregará el 16 de abril o conforme lo disponga la Conferencia para la Programación de los Trabajos Legislativos del Congreso, pero se espera que sea en ese mes con motivo de la conmemoración del Día Mundial del Emprendedor.

El Mérito Emprendedor del estado de Morelos, consistirá en la entrega de una medalla de plata ley 0.925, un reconocimiento tamaño oficio y un incentivo económico equivalente a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento de la entrega de la Presea, para cada uno de los galardonados.

El Mérito será entregado en seis categorías: Idea innovadora; Mujer emprendedora; Empresario joven; Persona empresaria agrícola: Institución educativa y/o Estudiante emprendedor; y, Emprendedor incluyente.

Cualquier persona, institución pública, privada, o asociación civil relacionadas con el Emprendimiento podrá proponer a personas físicas o morales como candidatas al Mérito Emprendedor del estado de Morelos, y para ser postulante a recibirlo se requiere ser morelense por nacimiento o por residencia, haber trabajado o impulsado el empoderamiento de manera personal o colectiva y a su vez ser creador de fuentes de empleo para la población morelense, por lo menos durante tres años, entre otras cosas.

No podrán postularse las personas que hayan recibido el Mérito al Emprendedor del estado de Morelos, previamente en alguna de sus categorías, las personas servidoras públicas que laboren en el Congreso del estado de Morelos, Poder Ejecutivo y Judicial del estado, Municipios o algún organismo descentralizado del estado de Morelos, así como familiares hasta en tercer grado de las diputadas y diputados de la legislatura vigente.

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